«En Mérida el tipo salió con un sombrero (...) el tipo llegó y declaró que Estados Unidos tiene que intervenir militarmente en Venezuela (...) es traición a la patria y lo menos que debe salirle... Yo no soy juez, pero lo menos que deben salirle son 30 años de cárcel para que respete a su propio país (...). El señor fue detenido y ahora está siendo puesto la orden»: Diosdado Cabello, ministro del Interior y conductor del programa Con el Mazo Dando, anunció por TV la detención de Abraham Hayon, alcalde de Mucuchíes (municipio Rangel de Mérida), en la noche del 4 de septiembre de 2024. Véase desde 1:00:50 en este video.
¿Qué declaró Abraham Hayon en redes sociales?
El "hombre del sombrero" al que se refirió Diosdado Cabello se llama Abraham Hayon, es de origen judío y fue destituido y restituido durante su actual período como alcalde | videos del 16/08/2024 en el Instagram de la alcaldía de Rangel
Se presume que el ministro del Interior se refiere a un trío de videos en formato reel de Instagram —el primero, el segundo y el tercero— que se publicaron el 16 de agosto de 2024 y que en realidad no están en las redes personales de Hayon (su cuenta de X está inactiva), sino en el perfil de Instagram de la alcaldía de Rangel.
Extractos:
«Hay intentos internacionales en ayudar a una salida negociada. Sabemos que las dictaduras no salen con votos, sino a la fuerza, pero (...) lleguemos como personas sensatas a una salida negociada».
«Estados Unidos debe como primera potencia mundial, y en el conjunto con los demás países y en consenso, intervenir en una acción humanitaria para resguardar la paz y la seguridad nacional y garantizar el orden institucional de la República de Venezuela. El 28 de julio del presente año de 2024 se realizaron unas elecciones donde masivamente la población (...) votó por un candidato de la oposición y lamentablemente se le cometió un fraude insólito. Existen pruebas contundentes».
Hayon opina que Estados Unidos «debe» como primera potencia mundial «intervenir en una acción humanitaria para resguardar la paz y la seguridad nacional». Estrictamente habla de una "acción humanitaria", no dice textualmente una intervención armada.
Lo que dice el Código Penal
Esto es lo que dicen los artículos 128 y 129 del Código Penal del año 2000 sobre los delitos de traición a la patria en los juicios a civiles:
Artículo 128. "Cualquiera que, de acuerdo con una Nación extranjera o con enemigos exteriores, conspire contra la integridad del territorio de la patria o contra sus instituciones republicanas, o la hostilice por cualquier medio para alguno de estos fines, será castigado con la pena de presidio de veinte a treinta años".
Artículo 129. "El que dentro o fuera de Venezuela, sin complicidad con otra Nación, atente por sí solo contra la independencia o la integridad del espacio geográfico de la República, será castigado con la pena de presidio de veinte a veintiséis años".
"Con la misma pena será castigado quien solicite, gestione o impetre, en cualquier forma, la intervención de un Gobierno extranjero para derrocar al gobierno venezolano".
A propósito de otro caso distinto del año 2017 (la detención de magistrados designados para el TSJ por la Asamblea Nacional de mayoría opositora en 2017), la ONG Acceso a la Justicia dejó una serie de consideraciones acerca de la aplicación arbitraria del delito de traición a la patria a civiles.