Según una imagen que corre por redes y aplicaciones de mensajería, los funcionarios del Plan República no permitirán que los votantes entren a los centros electorales con sus teléfonos celulares.
La supuesta decisión se basa en el Artículo 292 del reglamento de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre), el cual indica que:
Ninguna persona podrá concurrir armada al acto de votación aún cuando estuviese autorizada para portar armas, salvo las o los efectivos del Plan República en cumplimiento del deber de velar por el orden y la seguridad del acto de votación en general.
Ninguna electora o elector podrá utilizar en el acto de votación equipo fotográfico, celular, de video o cualquier otro equipo electrónico audiovisual.
Pero el reglamento no plantea limitantes para el acceso a los centros con celulares. La prohibición es al momento de la votación: no se puede fotografiar ni grabar el momento en que el elector elija al candidato de su preferencia en la máquina ni cuando esta imprima el comprobante del voto.
Resultado
La imagen viral plantea una mala interpretación de la norma electoral. El reglamento de la Lopre dice que no se podrá utilizar en el acto de votación equipo fotográfico, celular, de video o cualquier otro equipo electrónico audiovisual. Los funcionarios del Plan República no pueden impedir el acceso de los electores que lleven sus teléfonos celulares a los centros de votación.